Cómo calcular el finiquito: fórmulas, ejemplo y plazos
Actualizado: hace 6 días

Para saber cómo calcular el finiquito necesitas tres datos: tu salario diario, tu fecha de ingreso y tu fecha de salida. Con ellos sumas lo que la empresa te debe por el tiempo trabajado: los días de salario pendientes, el aguinaldo proporcional, las vacaciones que no disfrutaste, la prima vacacional y, en ciertos casos, la prima de antigüedad. Todas estas prestaciones están en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y te corresponden sin importar si renunciaste o te despidieron.
El finiquito es distinto de la liquidación. La liquidación incluye, además, una indemnización que solo procede cuando el despido es injustificado. En esta guía verás cómo calcular el finiquito paso a paso, con las fórmulas de la ley, un ejemplo con números y una tabla para distinguir qué te toca según la forma en que terminó tu relación laboral.
Este artículo es información general y no sustituye la asesoría de un abogado sobre tu caso concreto.
Qué es el finiquito y qué incluye
El finiquito es el pago de las prestaciones que ya ganaste y que la empresa todavía no te ha entregado al terminar la relación de trabajo. No es un regalo ni una compensación: es dinero devengado. Por eso, antes de ver cómo calcular el finiquito, conviene tener clara la lista de conceptos que lo forman:
Salario pendiente. Los días trabajados que aún no se pagan (por ejemplo, la última semana o quincena).
Aguinaldo proporcional. El artículo 87 de la LFT fija un mínimo de 15 días de salario al año, pagadero antes del 20 de diciembre. Si sales antes de completar el año, recibes la parte proporcional.
Vacaciones no disfrutadas. El artículo 76 establece 12 días al cumplir el primer año, con aumentos progresivos. El artículo 79 dispone que, si la relación termina antes de cumplir el año de servicios, se paga la parte proporcional.
Prima vacacional. El artículo 80 la fija en al menos 25 % sobre el salario de los días de vacaciones.
Prima de antigüedad. El artículo 162 la establece en 12 días de salario por cada año de servicios, con reglas especiales que verás más abajo.
Prestaciones de tu contrato. Si tu contrato individual o colectivo da más días de aguinaldo, vacaciones o bonos, esas condiciones mejoran el mínimo legal y se incluyen en el cálculo.
Qué datos necesitas para saber cómo calcular el finiquito
Reúne estos documentos antes de sentarte con la calculadora. Te darán certeza y te servirán si después necesitas revisar el pago con un abogado:
Contrato de trabajo o, si no lo tienes, cualquier documento que acredite tu fecha de ingreso (alta en el IMSS, recibos, correos de bienvenida).
Recibos de nómina (CFDI) de los últimos meses, para confirmar tu salario diario.
Registro de vacaciones tomadas en el año en curso.
Carta de renuncia o aviso de despido, con la fecha de terminación.
Contrato colectivo o reglamento interior, si en tu centro de trabajo existe y mejora las prestaciones.
El dato más importante es el salario diario. Si cobras por mes, divide tu sueldo mensual entre 30. Si cobras por semana, divide entre 7. Para las indemnizaciones, la ley toma el salario integrado (artículo 84 de la LFT: cuota diaria más gratificaciones, percepciones, primas y demás prestaciones), pero para el finiquito básico se usa normalmente la cuota diaria.
Cómo calcular el finiquito paso a paso
Estas son las fórmulas que se aplican en la práctica. Si te preguntas cómo calcular el finiquito sin errores, sigue el orden y anota cada resultado por separado.

1. Salario pendiente
Multiplica tu salario diario por los días trabajados que no te han pagado. Es el concepto más sencillo y el que con más frecuencia se olvida cuando la salida ocurre a mitad de quincena. En cualquier método sobre cómo calcular el finiquito, este renglón va primero.
2. Aguinaldo proporcional
La fórmula es: 15 días × días trabajados en el año ÷ 365 × salario diario. Los días trabajados se cuentan desde el 1 de enero (o desde tu fecha de ingreso, si entraste ese mismo año) hasta tu último día.
3. Vacaciones proporcionales
Desde la reforma publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022, el artículo 76 de la LFT otorga 12 días al cumplir el primer año, y suma dos días por año hasta llegar a 20 en el quinto año. A partir del sexto, el periodo aumenta dos días por cada cinco años de servicios.

Para la parte proporcional, la fórmula es: días de vacaciones que te tocarían en el año de servicio en curso × días transcurridos desde tu último aniversario ÷ 365 × salario diario. Si tienes vacaciones de años anteriores que no tomaste y que siguen vigentes, también se suman.
4. Prima vacacional
Multiplica el monto de las vacaciones por 0.25. Si tu contrato establece un porcentaje mayor, usa ese. Este paso suele omitirse en las explicaciones rápidas sobre cómo calcular el finiquito, y equivale a una cuarta parte de lo que recibes por vacaciones.
5. Prima de antigüedad
El artículo 162 de la LFT otorga 12 días de salario por cada año de servicios a los trabajadores de planta. Es el concepto que más dudas genera cuando alguien revisa cómo calcular el finiquito, porque hay dos reglas que cambian el resultado:
Cuándo se paga. Se paga siempre que haya despido, justificado o injustificado. En caso de renuncia voluntaria, solo se paga si tienes al menos 15 años de servicios.
Tope de salario. Para esta prima, el salario que se toma no puede ser mayor al doble del salario mínimo (artículos 485 y 486 de la LFT). Con el salario mínimo general de 2026, fijado en $315.04 diarios, el tope es de $630.08 diarios.
6. Prestaciones adicionales y suma final
Agrega cualquier prestación de tu contrato (bonos devengados, fondo de ahorro, días de aguinaldo extra) y suma todos los conceptos. Con esto terminas el procedimiento: ya sabes cómo calcular el finiquito bruto, es decir, el monto antes de la retención de impuestos.
Ejemplo práctico de cómo calcular el finiquito
Veamos un ejemplo hipotético para que la fórmula sea más clara. Supón que una persona quiere saber cómo calcular el finiquito con estos datos:
Ganaba $15,000 mensuales, es decir, $500 diarios.
Entró a trabajar el 1 de junio de 2023 y renunció el 30 de septiembre de 2026.
Tiene 10 días de salario sin pagar.
Ya disfrutó todas las vacaciones de sus años anteriores.
Concepto | Operación | Resultado |
Salario pendiente | 10 días × $500 | $5,000.00 |
Aguinaldo proporcional | 15 × 273 ÷ 365 × $500 | $5,609.59 |
Vacaciones proporcionales | 18 × 122 ÷ 365 × $500 | $3,008.22 |
Prima vacacional | $3,008.22 × 25 % | $752.05 |
Prima de antigüedad | No aplica (renuncia con menos de 15 años) | $0.00 |
Total bruto | $14,369.86 |
Los 273 días son los transcurridos del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026. Los 122 días corren desde el tercer aniversario (1 de junio de 2026) hasta la salida; en ese cuarto año de servicios, el artículo 76 otorga 18 días de vacaciones. Este ejemplo muestra cómo calcular el finiquito con prestaciones de ley; si el contrato da más, el resultado sube.
Finiquito o liquidación: qué te toca según cómo terminó la relación
La forma en que termina el trabajo cambia lo que recibes. Antes de aplicar lo que viste sobre cómo calcular el finiquito, identifica la causa de tu salida. Esta tabla resume las reglas generales de la LFT:
Causa de terminación | Finiquito (prestaciones devengadas) | Prima de antigüedad | Indemnización |
Renuncia voluntaria | Sí | Solo con 15 años o más | No |
Despido justificado (art. 47) | Sí | Sí | No |
Despido injustificado | Sí | Sí | Tres meses de salario (art. 48) y, en los supuestos del art. 50, 20 días por año |
Rescisión por causa del patrón (art. 51) | Sí | Sí | Conforme al art. 52 y 50 |
Si te despidieron sin causa, además del finiquito puedes reclamar la indemnización. En ese caso te conviene leer nuestra guía sobre el despido injustificado, porque el plazo para demandar es corto: el artículo 518 de la LFT da dos meses contados a partir del día siguiente a la separación. Si saliste por tu cuenta, revisa también la guía del finiquito por renuncia voluntaria.
Impuestos: qué parte del finiquito está exenta
El finiquito causa ISR, pero una parte de cada concepto está exenta según el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los límites se expresan en UMA; con el valor diario de la UMA 2026 publicado por el INEGI, de $117.31, quedan así:
Aguinaldo: exento hasta 30 UMA ($3,519.30).
Prima vacacional: exenta hasta 15 UMA ($1,759.65).
Prima de antigüedad e indemnizaciones por separación: exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio ($10,557.90 por año).
Lo que exceda esos montos se grava, y la empresa debe retener el impuesto y emitir el CFDI de nómina correspondiente. Por eso, al revisar cómo calcular el finiquito, compara siempre el monto bruto con el neto que aparece en el recibo.
Firma y ratificación: cómo protegerte al recibir el pago
Una vez que sabes cómo calcular el finiquito, el siguiente paso es cuidar la firma. El artículo 33 de la LFT dispone que es nula la renuncia que hagan los trabajadores a los salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones. También exige que todo convenio o liquidación conste por escrito, con una relación detallada de los hechos y de los derechos que comprende, y que se ratifique ante el Centro de Conciliación o el Tribunal laboral para que tenga plena validez.
En la práctica, esto significa:
Pide el desglose por escrito antes de firmar. Cada concepto debe tener su cálculo.
Compara el desglose con tus propios números. Si ya sabes cómo calcular el finiquito, detectarás rápido un concepto faltante.
Firma solo el documento que refleje lo que recibes. Guarda una copia y el comprobante de pago o transferencia.
Si hay diferencias, pide la corrección antes de ratificar. También puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que da orientación gratuita, o al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral cuando el asunto es de competencia federal.
Plazos para reclamar el finiquito
Saber cómo calcular el finiquito sirve de poco si dejas pasar el plazo. Las prestaciones del finiquito prescriben en un año (artículo 516 de la LFT), contado a partir del día siguiente a que la obligación sea exigible. Si el problema es un despido, el plazo para reclamar la indemnización o la reinstalación es de dos meses (artículo 518). Antes de cualquier demanda, la ley exige agotar la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación competente; en la Ciudad de México, para la mayoría de las empresas, es el Centro de Conciliación Laboral local.
Errores comunes al calcular el finiquito
Estos descuidos son los que más reducen el pago. Tenerlos presentes es parte de saber cómo calcular el finiquito de forma correcta:
Usar el salario equivocado. El salario diario se obtiene dividiendo entre 30 el sueldo mensual, no entre los días hábiles.
Olvidar las vacaciones de años anteriores. Si no las tomaste y siguen vigentes, también se pagan, junto con su prima.
Aplicar la tabla de vacaciones anterior a 2023. Desde el 1 de enero de 2023 rige la tabla que inicia en 12 días.
Ignorar el contrato colectivo. Si mejora las prestaciones, se aplica sobre la ley.
Confundir finiquito con liquidación. La indemnización de tres meses solo procede en despido injustificado.
Firmar un recibo genérico. Un documento que dice "recibí todo lo que me correspondía", sin desglose, dificulta cualquier aclaración posterior.
Herramientas oficiales para comprobar tu cálculo
La PROFEDET pone a disposición una calculadora de prestaciones en su portal, útil para contrastar tus números. Úsala como referencia, pero recuerda que no incluye las prestaciones de tu contrato. Si quieres comprobar cómo calcular el finiquito con prestaciones superiores a la ley, lo más seguro es revisar el contrato con un abogado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cómo calcular el finiquito si trabajé menos de un año?
Se aplican las mismas fórmulas en proporción al tiempo trabajado: aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales (sobre la base de 12 días del primer año) y prima vacacional. El artículo 79 de la LFT garantiza la parte proporcional de vacaciones aunque no hayas cumplido el año.
¿Cómo calcular el finiquito si me despidieron?
Primero calculas el finiquito con las mismas fórmulas (salario pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) y le sumas la prima de antigüedad, que en despido siempre procede. Si el despido fue injustificado, aparte se reclama la indemnización. Es decir, cómo calcular el finiquito no cambia; lo que cambia es lo que se agrega encima.
¿El finiquito se paga si renuncio?
Sí. El finiquito corresponde a prestaciones que ya ganaste, así que se paga con renuncia, despido o término de contrato. Lo que cambia es la prima de antigüedad (solo con 15 años en caso de renuncia) y la indemnización (solo en despido injustificado).
¿En cuánto tiempo deben pagarme el finiquito?
La LFT no fija un número de días específico, pero el salario y las prestaciones devengadas son exigibles desde que termina la relación. Lo habitual es que se pague el último día o en la siguiente fecha de nómina. Si se retrasa, puedes iniciar la conciliación; el plazo de prescripción es de un año.
¿Cómo calcular el finiquito con salario variable o comisiones?
Cuando el salario es variable, el artículo 89 de la LFT indica que se toma el promedio de las percepciones de los 30 días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho. Ese promedio diario se usa en las fórmulas de aguinaldo, vacaciones y prima.
¿Me pueden descontar algo del finiquito?
Solo los descuentos que autoriza el artículo 110 de la LFT, como deudas con el patrón por anticipos de salario (con límites), pensión alimenticia ordenada por un juez, créditos del Infonavit o del Fonacot, y el ISR que corresponda. Cualquier otro descuento debe revisarse.
¿Qué hago si no estoy de acuerdo con la cantidad?
No ratifiques el convenio. Pide el desglose por escrito, compáralo con tu cálculo y, si persiste la diferencia, acude a la conciliación laboral. Un abogado puede revisar el cálculo y representarte en esa etapa.
Te ayudamos a revisar tu finiquito
Si después de revisar cómo calcular el finiquito todavía tienes dudas, en CJUREM revisamos tu cálculo, tu contrato y el convenio antes de que firmes, y te acompañamos en la conciliación si hace falta. Conoce nuestro servicio de abogado laboral en CDMX o lee qué esperar en nuestra guía sobre qué hace un abogado laboral.
Escríbenos por WhatsApp, llámanos al 55 6394 3031 o agenda tu cita en cjurem.com.mx/contacto.
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